La Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes realizó dos jornadas de presentación de los Lineamientos y Guía para la escucha de las niñas, niños y adolescentes en el monitoreo de los dispositivos de alojamiento aprobado por Resolución 36/2025.
Las jornadas se realizaron de forma virtual los días lunes 2 y 9 de junio del corriente. En las mismas, participaron más de 120 personas, pertenecientes a distintos organismos de control, con competencia para la supervisión externa de los dispositivos de alojamiento de niñas, niños y adolescentes. Además de las comisionadas Silvina Canteros y Ariela Álvarez, participó el equipo técnico del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco. También estuvieron presentes representantes provinciales de los Ministerios Públicos de la Defensa, mecanismos locales de prevención de la tortura, así como organismos nacionales, entre ellos la Procuración Penitenciaria de la Nación y el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, entre otros.
La presentación estuvo a cargo de la Directora de Fortalecimiento del Sistema de Promoción y Protección de Derechos, Alicia Guerrero Zarza, la Directora del Área de Participación y Protagonismo de Niñas, Niños, y Adolescentes, Nancy Medel, e integrantes de los equipos, Florencia Gentile, Lorena Troiano, Gabriel Cohan, y Andrés Segade.
La Resolución 36/2025 presentada por la Defensoría de los derechos de las niñas, niños y adolescentes contiene lineamientos y una guía para diseñar e implementar procesos participativos con el objetivo de conocer las opiniones, experiencias y propuestas de menores que residen en dispositivos de alojamiento bajo cuidado del Estado.
Los lineamientos también abordan el uso adecuado de la información con respecto a su sistematización que, por ejemplo, debe ser siempre anónima con excepción de delitos, denuncia o vulneración de algún derecho de menores. La participación de niñas, niños y adolescentes constituye una dimensión fundamental de un proceso de monitoreo (o supervisión) que se desarrolle externamente y respete sus derechos humanos.
La resolución se crea a partir de experiencias de respeto y garantía mediante la labor de áreas de la Defensoría y diversas demandas que surgen de los organismos de Control, del Ministerio de la Defensa; de los Organismos para la Prevención de la Tortura de todo el país, además de las necesidades de las propias niñas, niños y adolescentes que tienen el derecho de ser oídos.
Los aspectos a tener en cuenta en torno a menores de edad que residen en dispositivos de alojamiento tienen que ver con el conocimiento de sus condiciones de vida, la calidad del cuidado recibido para promover su mejora y la garantía de sus derechos. A la vez es necesario reconocer los procesos institucionales, identificar los roles y dinámicas; respetar sus historias, relevar sus opiniones, necesidades y demandas sin prejuzgar. Las recomendaciones también consideran respetar la voluntad de las niñeces y adolescentes de participar o no del proceso de consulta, como así también evitar su revictimización trabajando sobre la dimensión colectiva de la experiencia.
Los objetivos de las Recomendaciones incluyen aspectos en torno al monitoreo en clave de derechos humanos de menores de edad, las prácticas de cuidado, sus condiciones de alojamiento y acceso a derechos; complementar; promover; y mejorar la calidad del cuidado de las personas implicadas en estas recomendaciones.
El documento presentado también aborda cuestiones referidas a la planificación, que debe incluir el contacto con las autoridades del dispositivo para coordinar la actividad, garantizar un espacio disponible para realizar las actividades y los materiales a utilizar.
Con respecto al uso de la información y su sistematización que debe ser siempre anónima con excepción de delitos, denuncia o vulneración de algún derecho de menores. Cabe destacar algo que es de público conocimiento y es que no se puede utilizar fotografías de niñas, niños ni adolescentes y se debe redactar un informe técnico.
Se indica un eje clave de la Recomendación N 8 y es que “las consultas son de manera grupal que no busca cumplir objetivos terapéuticos ni busca indagar en historias de vida individuales sino sobre sus experiencias en común de estar viviendo en esa institución”.
Acceso a documentos:
Lineamientos de escucha, su guía Anexo, las Recomendaciones 8, 9 y 13, Resolución 02/2023 y resolución 33/2025.
https://defensoraderechosnnya.gob.ar/wpcontent/uploads/2024/06/RECOMENDACION-8-Julio-2022.pdf
Recomendación 9:
https://defensoraderechosnnya.gob.ar/documentos/recomendacion-n-9/
Recomendación 13:
https://defensoraderechosnnya.gob.ar/documentos/recomendacion-no-13/
Resolución 02/2023:
https://defensoraderechosnnya.gob.ar/documentos/resolucion-n-002-2023/
Resolución 33/2025:
Lineamientos:
Guía Anexa: