Durante las pasadas elecciones nacionales PASO el Comité para la Prevención de la Tortura fue veedor del proceso electoral, estando presente en el Complejo Penitenciario N° 1, Unidad Penitenciaria N° 1 (Mujeres), Unidad Penitenciaria N° 7 (Barranqueras) y Unidad Penitenciaria N° 8 (Mujeres).
El proceso se desenvolvió con normalidad y se pudieron relevar las prácticas del sistema penitenciario, para emitir recomendaciones, en miras a garantizar los derechos políticos de las Personas Privadas de Libertad (PPL).
Votaron 446 personas, de las 716 que estaban habilitadas para hacerlo. Es decir que la participación fue del 62,29%.
Las personas habilitadas para votar fueron las procesadas o con condenas no firmes.
NO SIEMPRE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD PUDIERON VOTAR
El derecho al voto de las personas procesadas fue conquistado gracias a una acción de amparo colectiva interpuesta por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), en donde se argumentaba que la limitación a los derechos políticos de las personas sin condena firme era inconstitucional.
La Cámara Nacional Electoral le dio la razón y el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia, la que confirmó la inconstitucionalidad de la limitación.
En el año 2003 se modificó el Código Nacional Electoral y en el 2006 el Poder Ejecutivo Nacional reglamentó este derecho.
Las elecciones nacionales del 2007, fueron las primeras en que las personas privadas de libertad pudieron votar.