A tres años de la detención y muerte de Ángel Verón

El 24 de septiembre de 2015 fue detenido el dirigente Ángel Daniel Verón a la vera de la Ruta Nacional N° 11, más precisamente dentro del  “Campo de Tiro”, cuando se encontraba acompañado por otros integrantes del Movimiento de Trabajadores Desocupados “No Al Desalojo” ejerciendo su derecho a peticionar a las autoridades públicas.

Ese día, a la tarde, el Movimiento había realizado un corte de ruta. Aproximadamente a las 20:00 lo levantan y en ese momento las fuerzas de seguridad inician una feroz represión que incluyó persecuciones monte adentro de niñas, niños y mujeres.

Estos hechos ocurrieron sin que exista orden de detención y sin que se verifiquen supuestos de flagrante comisión de delito que autorice a “proceder sin orden”. Es decir que los funcionarios policiales actuaron ejerciendo abuso de sus funciones previstas por la Ley y mediando violencia innecesaria y desproporcionada.

En esas circunstancias Ángel Verón es interceptado por agentes de la Comisaria Cuarta de Resistencia, COE y de la Policía Montada e Infantería. Los policías le propinan patadas, agarrándolo de los pelos y pegándole la cabeza contra el suelo, le colocan las esposas y lo conducen hasta el patrullero que estaba en la ruta, donde continúan golpeándolo, momento en el que exclama un grito desgarrador.

Desde ese momento no se supo nada de él hasta el día siguiente que lo encuentran internado y esposado en la terapia intermedia del Hospital Julio C. Perrando, produciéndose su fallecimiento el 19 de octubre con la siguiente historia clínica:

– lesión abdominal

– evisceración con lesión de intestinos

– disfunción multiorgánica

– shock séptico

Asimismo, existieron otros delitos conexos como ser allanamiento ilegal de morada, violación de los deberes de funcionario público, omisiones de cumplimiento de protocolos médicos en caso de muerte traumática o dudosa, encubrimientos y falsedades instrumentales que formaron parte de una trama de impunidad que se pretendió garantizar. Muestra de esto es la inserción de una falsa causa de muerte “por enfermedad” en el acta de defunción.

Con las pruebas existentes (historia clínica de Ángel Verón, certificado de defunción, informe preliminar de autopsia, más las que se fueron produciendo por el órgano investigativo) el Comité de Prevención de la Tortura, otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y/o Degradantes (C.P.T.Ch) se constituyó como querellante en la causa «FERNANDEZ, MARÍA ALEJANDRA S/ APREMIOS ILEGALES», Expte. Nº 26190/2015-1 que se tramitó ante la Fiscalía Especial de Derechos Humanos, planteando la detención arbitraria, los apremios ilegales y la tortura seguida de muerte.

 

El fiscal especial de Derechos Humanos, Daniel Turraca, pidió elevación de la causa a juicio oral con la imputación por el delito de “apremios ilegales agravados” contra el comisario Juan Domingo Penayo, quién estaba a cargo de la Comisaría 4ª de Resistencia, y los agentes Lucas Aquino, Darío Bernal, Gabriel Santana, Martín Benítez y Manuel Arévalo. El 24 de octubre de 2017, la jueza de Garantías Nº 1 de Resistencia, Rosalía Zozzoli, dejó en libertad a los seis imputados teniendo en cuenta que la pena mínima prevista para esos delitos es inferior a los tres años, es decir, sería de ejecución condicional, aunque la pena máxima llegue a los seis años. Además, consideró que no existía peligro de fuga ni de entorpecer la investigación por parte de los imputados. En el caso intervino como querellante particular el Comité Provincial de Prevención de la Tortura que solicitó que la calificación del delito sea “tortura seguida de muerte”, lo cual fue rechazado por el Juzgado de Garantías en la audiencia de oposición a la elevación a juicio. En esa audiencia, también se hizo lugar al planteo de la defensa y se quitó de la imputación el delito de “detención ilegal”.

 

Las audiencias del juicio oral comenzarán el 12 de agosto, pero del año 2019, y se extenderán el 13, 14, 15 y 16 de Agosto.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.

Entrada anterior
A cuatro años de la muerte de Víctor Cindric
Entrada siguiente
Adolescentes infractores de la Ley
Menú