El Comité de Prevención de la Tortura del Chaco expresa preocupación por la Resolución 956/2018 del Ministerio de Seguridad de la Nación, publicada este martes 3 de diciembre en el Boletín Oficial, que reglamenta el empleo de armas de fuego por parte de las fuerzas federales. En ese sentido, el organismo provincial considera que la normativa pretende legitimar las ejecuciones extrajudiciales avanzando sobre derechos y garantías consagrados en la Código Penal de la Nación, en Constitución Nacional y por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos suscriptos por la República Argentina.
En un contexto de escalada de la protesta social y de la movilización popular como respuesta a las actuales políticas de exclusión social, una medida de estas características lo que busca es instalar un mensaje de demagogia punitiva que pone en riesgo al mismo Estado de Derecho y que, en los hechos, se traducirá en la convalidación desde las máximas jerarquías del Estado nacional del accionar en muchos casos ilegal de los funcionarios estatales que tienen a su cargo el monopolio del uso de la fuerza. Basta mencionar sólo dos casos recientes que se busca legitimar con esta resolución: el accionar del agente de la Policía Bonaerense Luis Chocobar quién asesinó por la espalda a un presunto ladrón y el asesinato de Rafael Nahuel a manos de agentes de Prefectura Naval.
Vale recordar que, más allá del nuevo reglamento elaborado por el Ministerio de Seguridad de la Nación, sigue en vigencia el artículo 80 del Código Penal de la Nación que en su inciso 9 prevé una pena de prisión perpetua para integrantes de las fuerzas de seguridad, policiales o del servicio penitenciario que mataren a una persona abusando de su función o cargo.
En este sentido, el Comité de Prevención de la Tortura del Chaco remitió una nota al presidente del Comité Nacional contra la Tortura, Jorge D’agostino, mediante la cual solicitó que el organismo nacional accione para impedir la aplicación de la medida dictada por la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich.