El Comité para la Prevención de la Tortura solicitó medidas de protección para familiares de Axel González

El Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco presentó una solicitud formal y urgente ante el Equipo Fiscal Nº14 de Resistencia para que se garanticen los derechos constitucionales de reunión, petición y libertad de expresión de los familiares y allegados de Axel Alejandro González, cuya desaparición continúa siendo investigada.

La presentación fue realizada en el marco del expediente Nº15708/2026-1, caratulado “GOMEZ, MARIA INES S/ DENUNCIA DESAPARICION DE PERSONA”, y lleva la firma del presidente del organismo, Darío Edgardo Gómez, la vicepresidenta Romina Albana Duarte, junto al patrocinio letrado de la Dra. Victoria Manuela González y el Dr. Guillermo Oscar Alberto Cuellar.

El pedido surge a partir de un hecho ocurrido el pasado 30 de mayo en la ciudad de Resistencia, cuando un pequeño grupo de familiares y allegados de Axel González realizaba una caminata pacífica colocando afiches para solicitar su aparición con vida. Según se expone en la presentación, al circular por las inmediaciones de la residencia del gobernador provincial, fueron interceptados por personal policial que conformó un cordón impidiendo su paso por la vereda.

De acuerdo al análisis del material audiovisual incorporado como prueba, no existió alteración del tránsito ni del orden público, y las personas participantes —entre ellas menores de edad— no representaban riesgo alguno para terceros ni para el domicilio mencionado.

Ante esta situación, el Comité solicitó que se ordene expresamente a la Policía de la Provincia del Chaco abstenerse de realizar acciones intimidatorias o de hostigamiento hacia los familiares y allegados de Axel González durante marchas, actividades de visibilización o manifestaciones pacíficas.

Entre las medidas solicitadas se incluye el cese de prácticas como interceptaciones, individualización intimidatoria, seguimientos, registros o filmaciones sin justificación legal estricta, así como cualquier contacto innecesario que pueda generar temor o perturbar el ejercicio de derechos constitucionales.

La presentación se encuentra respaldada por normas constitucionales y tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Asimismo, se invocan los estándares establecidos por el Protocolo de Minnesota, que exige investigaciones independientes y eficaces en casos de desaparición forzada, garantizando además la protección y no revictimización de familiares y víctimas.

También se citan la Ley Nacional Nº27.372 y la Ley Provincial Nº3438-J, que reconocen el derecho de las víctimas a recibir protección frente a represalias y situaciones de violencia institucional, así como la Ley Provincial Nº2399-J, que regula la actuación policial bajo principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.

Desde el Comité se remarcó la especial gravedad institucional que implica cualquier acción intimidatoria en una causa donde existen sospechas sobre integrantes de la propia fuerza policial provincial. En ese sentido, se sostuvo que el Estado tiene la obligación de garantizar condiciones para el ejercicio pleno de la protesta pacífica y evitar acciones que puedan desalentar la participación ciudadana en reclamos vinculados al acceso a la verdad y la justicia.

Como parte de la presentación judicial, el organismo aportó capturas de pantalla y enlaces al material audiovisual correspondiente a los hechos denunciados.

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