Hacia la deconstrucción de la ideología del encierro

Primera parte: encierro masivo en Comisarías chaqueñas

Durante el año 2018, se advierte en la provincia del Chaco una desproporción entre el crecimiento de la tasa de delitos y el incremento de la tasa de encarcelamientos, siendo el porcentaje de esta última mucho mayor al aumento de los delitos informados oficialmente.

A partir de un análisis comparativo entre los datos difundidos recientemente por el Ministerio de Seguridad de la Nación y los recabados por el Comité Provincial de Prevención de la Tortura (CPTCh), se infiere que, durante 2018, en la provincia del Chaco se produjo un aumento desproporcionado entre el número total de delitos en relación al número de personas privadas de su libertad (PPL) en unidades policiales: es decir, aumentó más el porcentaje de personas encarceladas que el porcentaje de delitos cometidos.

Tal desproporción pone de manifiesto el incremento de la situación de vulnerabilidad de las PPL y en detrimento de los derechos humanos fundamentales que rigen un Estado democrático, como son, entre otros, el derecho a la dignidad y la integridad personal.

De acuerdo con el informe del Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC), realizado por la Dirección Nacional de Gestión de la Información Criminal, en la provincia del Chaco se registraron 28.619 delitos en el año 2018, lo que representa un incremento del 6,37 % en comparación con el año 2017 en el que se registraron 26.903 delitos. Los homicidios dolosos (delitos contra las personas) disminuyeron un 14% mientras que los robos y hurtos (delitos contra la propiedad) tuvieron un aumento del 10% y el 12%, respectivamente, en relación interanual del 2017 y 2018[2] (GRÁFICO 1).

GRÁFICO 1. Evolución anual de la cantidad de hechos delictivos. Periodo 2016 – 2018. Extraído de Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC)

Estas cifras presentan una desproporción, si observamos los datos recogidos, en relación al número de PPL en Comisarías. Así, para el año 2017 se contaba con un total de 763 PPL en unidades policiales, y en el año 2018 el total ascendió a 1.163 PPL. Este encierro masivo en Comisarías no se detuvo, siendo que para fines del mes de agosto del corriente año, se cuenta un total de 1.292 PPL.

Estas cifras, algunas de ellas en alza, y otras en baja, no guardan un correlato proporcional si comparamos los valores que se dan respecto del encarcelamiento, especialmente si observamos los datos recogidos, en relación con el número de PPL en comisarías. Así, para el año 2017 se contaba con un total de 763 PPL en unidades policiales, y en el año 2018 el total ascendió a 1.163 PPL.

Entonces, como decíamos, el incremento interanual entre año 2017 y 2.018 de PPL en Comisarías es del 52% (GRÁFICO 2). Lo que revela una real discordancia con el porcentaje de delitos entre los mismos años, dejando evidenciado que el porcentual de encarcelamiento no guarda relación con la cifra de la delincuencia.

GRÁFICO 2. Representación gráfica de Personas Privadas de Libertad (PPL) anual.

Ante esta realidad cabe hacernos una serie de preguntas acerca de su motivo ¿A qué responde este encarcelamiento masivo? ¿Responde a variables de presión social, mediáticas, subjetivas?  Sin lugar a dudas, más allá de la multiplicidad de respuestas y causas, encontramos, sin más, que esta cuestión merece un replanteo medular de las políticas encargadas de la contención social. Pero alertamos, que también este panorama no puede quedar exento de una preocupación social y política, siendo los ciudadanos y las ciudadanas, efectores de las prácticas y los discursos.

Por último, entendemos que estamos frente al despliegue de una clara ideología del encarcelamiento. La cual consiste, dentro de sus variables sociales, culturales y de demandas de seguridad, en la construcción subjetiva, comunitaria y política, de que más encierro de personas producirá más tranquilidad social. Entonces, cabe irremediablemente preguntarnos en relación a la problemática: ¿hacia dónde nos dirigimos?

En el sentido de este interrogante, recomendamos[3]: desincriminar y redefinir situaciones problemáticas y conflictivas; crear un espacio público alternativo que problematice el influjo de los medios de comunicación masiva; que se revalorice a los movimientos sociales/populares/de base; que se fortalezca el compromiso de las organizaciones de la sociedad civil implicadas en la temática de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad y se ponga en marcha el diálogo cooperativo entre los poderes del estado, como estrategia privilegiada de la definición de las políticas públicas faltantes, la redefinición de las existentes que como vimos precedentemente sólo consideraron el encierro como respuesta a los problemas sociales y de seguridad.

Con estas recomendaciones estructurales, encararemos una segunda parte de este documento, la más específica.

Provincia Delito Año 2017 Año 2018
Chaco Homicidios dolosos 59 51
Chaco Homicidios dolosos en grado de tentativa 40 29
Chaco Muertes en Accidentes Viales 166 184
Chaco Homicidios culposos por otros hechos 114 106
Chaco Lesiones dolosas 2960 2913
Chaco Lesiones culposas en Accidentes Viales 1091 1195
Chaco Lesiones culposas por otros hechos 12 16
Chaco Otros delitos contra las personas 268 264
Chaco Delitos contra el honor 0 0
Chaco Violaciones 71 83
Chaco Otros delitos contra la integridad sexual 404 401
Chaco Delitos contra el estado civil 0 0
Chaco Amenazas 2678 2631
Chaco Otros delitos contra la libertad 66 55
Chaco Robos (excluye los agravados por el resultado de lesiones y/o muertes) 5623 6221
Chaco Tentativas de robo (excluye las agravadas por el res. De lesiones y/o muerte) 589 539
Chaco Robos agravados por el resultado de lesiones y/o muertes 0 0
Chaco Tentativas de robo agravado por el resultado de lesiones y/o muertes 0 0
Chaco Hurtos 7832 8810
Chaco Tentativas de hurto 346 399
Chaco Otros delitos contra la propiedad 1695 1684
Chaco Delitos contra la seguridad pública 453 399
Chaco Delitos contra el orden público 1 4
Chaco Delitos contra la seguridad de la nación 0 0
Chaco Delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional 22 10
Chaco Delitos contra la administración pública 592 683
Chaco Delitos contra la fe pública 57 41
Chaco Ley 23.737 (estupefacientes) 869 741
Chaco Otros delitos previstos en leyes especiales 888 1114
Chaco Delitos contra el orden económico y financiero 6 23
Chaco Total de Delitos 26.903 28.619

(Extraído de estadística publicada por el Sistema Nacional de Información Criminal -SNIC en la página https://estadisticascriminales.minseg.gob.ar/ )

II.- Segunda parte: el “camino recorrido”: ¿mesa de trabajo inter-poderes como espacio de incidencia en problemática de personas privadas de su libertad en unidad policiales? A propósito de la experiencia en la provincia del Chaco.

El objetivo de estas mesas de trabajo, que en la provincia del Chaco la viene aglutinando la Defensoría General del Poder Judicial y el Comité Provincial de Prevención de la Tortura, están enmarcadas en la situación específica y particular de las PPL en unidades policiales y su proyección en la población penitenciaria.

  1. Composición:
  • Representantes del Poder Judicial:

-La presencia de un representante del Superior Tribunal de Justicia, dada la incidencia directa y el compromiso insoslayable que tiene el máximo cuerpo jurisdiccional en la génesis de criterios jurisprudenciales que incidan directamente en la forma de aplicar las medidas cautelares o interpretar los extremos de peligrosidad procesal requeridas por la normativa para la aplicaciones de la prisión preventiva.

-La presencia del Procuradores/as Generales, o Procuradores/as Adjunto/as, que como máxima jerarquía del Ministerio Publico Fiscal, deben comprometerse en generar resoluciones y directivas emanadas a los fiscales de investigación para racionalizar el uso de la prisión preventiva, priorizando otros mecanismos de sujeción al proceso, así como hacer uso de las medidas alternativas de resolución de conflictos. En este sentido es necesario establecer un plan de des-carcelamiento de las personas procesadas en comisarías, elaborando un esquema de prioridades que debe contemplar dos dimensiones: las situaciones personales de los detenidos (padecimientos de salud mental, consumos problemáticos de sustancias, etc.) y los delitos propiamente dichos. Esto último es, consensuar parámetros realistas en cuanto a las posibilidades de riesgo procesal (detenidos por infracción a la Ley 23.737, tenencia de armas de fuego, delitos sin víctima o sin ejercicio de violencia, contraventores, etc.).

-Representante de la Defensa Pública (Defensor/a General, y/o Defensor/a Adjunto/a) dado la alta implicancia del rol de la defensa pública en el amparo de los derechos de las personas privadas de libertad y a la alta calidad de información y conocimiento acerca de las dificultades que implica el litigio tanto de las condiciones de detención (acciones de habeas corpus) como la defensa efectiva de los imputados que asiste. La experiencia indica que las defensas públicas tienen una alta capacidad de detectar los nodos procesales en los que se producen dificultades estructurales –materiales, burocráticas o de criterio- para el efectivo otorgamiento de libertades.

  • Representantes del Poder Legislativo

En torno a comprometer a elaboración de las modificaciones legislativas pertinentes para dotar de herramientas a los operadores judiciales para la aplicación de medidas alternativas a la privación de libertad. Así, como la toma de conocimiento cabal de las falencias en materias de recursos de las áreas del Poder Ejecutivo encargadas de la custodia de las personas privadas de libertad, de modo tal de traducir aquel diagnostico en la elaboración del presupuesto anual.

  • Representantes del Poder Ejecutivo

-Representantes de las carteras del Poder Ejecutivo implicados directamente en la custodia de las PPL, así como las que tienen a su cargo el régimen legal de re-inserción social. De manera tal de acordar y consensuar un progresivo traslado de las personas detenidas en comisaria al ámbito de los Servicios Penitenciarios evaluando capacidades operativas, recursos y prioridades.  (Ministerio de Seguridad, Ministerio de Gobierno / Subsecretarias de Asuntos Penitenciarios y/o similares).

-Representantes del Ministerio de Salud, dado las carencias generalizadas en cuanto al acceso a la salud de las personas privadas de libertad en comisarías, de modo tal de articular acciones pragmáticas y de emergencia para garantizar un acceso real y efectivo a la atención medica tanto en situaciones agudas como a padecimientos crónicos de los detenidos.

-Representantes de las Carteras de Derechos Humanos (Secretarias/Ministerios de DD.HH) en su rol de prevención, promoción y protección de Derechos de las Personas Privadas de Libertad para implicarlas a la realización de un contralor interno dentro de la gestión del Poder Ejecutivo de los compromisos asumidos.

  • Representantes del Mecanismo Local de Prevención de la Tortura

Representantes del Mecanismo Local de Prevención de la Tortura que, en tanto la especificidad de sus competencias y en cabal cumplimiento del objetivo de Prevención mediante el dialogo cooperativo con los poderes del Estado.

  • Representantes de la Sociedad Civil

Representantes de Organizaciones de la Sociedad Civil comprometidas con la problemática de las personas privadas de libertad.

  1. Funcionamiento:

La mesa de trabajo debe reunirse periódicamente, evacuando las conclusiones de los compromisos parciales y finales, que será elevada a un acta que será elevada a la Presidencia del Poder Legislativo, a la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia y al Gobernador de la Provincia.

Sera imprescindible que las representaciones institucionales sean ejercidas por funcionarios con capacidad decisiva, procurando la responsabilidad política en el cumplimiento de los acuerdos asumidos.

[1] Coordinación: Paulo Pereyra y Ariela Alvarez, Miembros del Comité Provincial de Prevención de la Tortura. Redactores: Nazareno Rosciani, Carolina R. Aquino, integrantes del Equipo Técnico de dicho organismo y Kevin Boss Nielsen, integrante de la Mesa Nacional de la Asociación Pensamiento Penal.

 

[2] https://estadisticascriminales.minseg.gob.ar/ y http://www.chacodiapordia.com/2019/08/28/estadisticas-criminales-en-el-chaco-bajaron-los-homicidios-pero-aumentaron-los-robos-y-hurtos/

[3] Véase otras acciones, intervenciones y recomendaciones de este Comité Provincial de Prevención de la Tortura en: https://prevenciontorturachaco.com.ar/ , https://www.facebook.com/comiteprevenciondetorturachaco/, entre otros referidos a este asunto.

[4] https://estadisticascriminales.minseg.gob.ar/

Bibliografía y fuentes consultadas:

-Kostenwein Ezequiel. Actualidades y virtualidades del abolicionismo penal en Temblores criminológicos. 1ra. Edición – Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Astrea, 2019. Pp.153-208.

– Pitlevnik, Leonardo. Reducción de población carcelaria en España ¿es posible trasladar este fenómeno a Argentina? en Superpoblación carcelaria. Dilemas y alternativas. 1ra. Edición. Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Didot, 2019. Pp.187-2013.

– Estadística publicada por el Sistema Nacional de Información Criminal -SNIC del Ministerio de Seguridad de la Nación.

– Registros del Comité de Prevención de la Provincia del Chaco obtenidos de fuentes de la Policía de la Provincia del Chaco.

– Nota diario digital Chaco día por día página web: www.chacodiapordia.com

 

 

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