La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional penar el consumo personal de drogas en las cárceles.
El fallo se desprende del pedido de revisión de la condena a un preso, que en 2017 fue descubierto en su celda con cigarrillos de marihuana.
Así se retoma lo dispuesto en el antecedente (Arriola 2009), donde se resolvió no penalizar el consumo personal.
El fallo explica que estas conductas no afectan a terceros, ya que están reservadas a la autonomía personal y al plan de vida individual.
La Corte, en aquel momento, determinó que el consumo personal de sustancias es una conducta privada que está fuera de la intervención penal del Estado. Y que en el caso de que el consumo de una sustancia sea problemático, debería ser abordado por el sistema de salud y no mediante el castigo.