Grupos en situación de vulnerabilidad
Personas con padecimientos mentales
La salud mental nos resulta un tema de incipiente preocupación relativa a los derechos humanos. El Comité Provincial de Prevención de la Tortura vela, también, por el cumplimiento del derecho a la salud mental de los privados de libertad, el acceso a la asistencia, el cuidado y/o mejoramiento de la misma, en el marco de un horizonte de inclusión de estas personas en el ámbito social. La legislación ofrece un importante mecanismo para asegurar cuidados y tratamiento adecuado y apropiado, la protección de los derechos humanos de las personas con trastornos mentales y la promoción de la salud mental de las poblaciones”.
Manual de Recursos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre Salud Mental, Derechos Humanos y Legislación
Ley de Salud Mental
https://www.mpd.gov.ar/pdf/Ley%2026657.pdf
Ley 7622
ftp://ftp.justiciachaco.gov.ar/biblioteca/BIE/BIE_4_210815/Ley_7622.pdf
Grupos en situación de vulnerabilidad
Desde el Comité Provincial de Prevención de la Tortura trabajamos para que las personas privadas de libertad no sean aún más vulneradas por el desequilibrio de poderes creado por la detención en sí misma. Hay diversos colectivos expuestos a situaciones de indefensión específica por su contexto social y su “estatus” dentro de la sociedad. Estos grupos, entre los que se incluyen niños, niñas y adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, población LGBTTTIQ+ y otros, no son desvalidos per se, sino que se vuelven durante la detención. Por ello hablamos de “situaciones de vulnerabilidad” y no de “grupos vulnerables”.
Reglas de Basilia
https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2009/7037.pdf
Acuerdo N° 3092
https://prevenciontorturachaco.com.ar/wp-content/uploads/2018/12/ACUERDO-3092.pdf