Grupos en situación de vulnerabilidad
Pueblos originarios
Los integrantes de las comunidades indígenas pueden encontrarse en condición de vulnerabilidad cuando no se ejercitan sus derechos ante el sistema de justicia. Ante esta situación, desde el Comité Provincial de Prevención de la Tortura promovemos acciones que contribuyen a la plenitud tales derechos. En muchos casos el desconocimiento de los operadores judiciales de las lenguas y tradiciones culturales originarias le impide a este colectivo, el real acceso a la justicia.
Rodolfo Stavenhagen, Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas sostiene: “Estos problemas y retos que enfrentan son producto de largos procesos históricos y de causas estructurales, y no se resuelven solamente con la adopción de una ley o la creación de una institución pública. Requieren de un enfoque multidimensional, de voluntad política y de la participación de los propios pueblos indígenas con base en el respeto a la diferencia y con sensibilidad intercultural”.
Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas
Grupos en situación de vulnerabilidad
Desde el Comité Provincial de Prevención de la Tortura trabajamos para que las personas privadas de libertad no sean aún más vulneradas por el desequilibrio de poderes creado por la detención en sí misma. Hay diversos colectivos expuestos a situaciones de indefensión específica por su contexto social y su “estatus” dentro de la sociedad. Estos grupos, entre los que se incluyen niños, niñas y adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, población LGBTTTIQ+ y otros, no son desvalidos per se, sino que se vuelven durante la detención. Por ello hablamos de “situaciones de vulnerabilidad” y no de “grupos vulnerables”.
Reglas de Basilia
https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2009/7037.pdf
Acuerdo N° 3092
https://prevenciontorturachaco.com.ar/wp-content/uploads/2018/12/ACUERDO-3092.pdf